El Fondo de Garantía Salarial (en adelante FOGASA), organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al MESS , abona a los trabajadores por cuenta ajena, previa instrucción de expediente administrativo para la comprobación de su procedencia, los salarios y las indemnizaciones pendientes de pago por la declaración de insolvencia o concurso del empresario. La declaración firme de insolvencia se debe hacer constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad. También puede asumir todo o parte de la indemnización en caso de extinciones por fuerza mayor.
El FOGASA se financia por las cotizaciones mensuales de los empresarios, calculadas por la aplicación del tipo fijado por el gobierno (actualmente el 0,2%), sobre la base cotización por contingencias profesionales. El ingreso de las cotizaciones se efectúa conjuntamente con las cuotas que corresponda abonar al régimen de la Seguridad Social.
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